miércoles, 9 de marzo de 2016

Reflexiones sobre la Innovación Educativa.

A continuación se adjunta un vídeo sobre la Innovación Educativa. 
Este vídeo nos explica como la educación ha cambiado y ha tomado una importancia significativa en estos últimos años.
Las nuevas tecnologías, el uso en la red, hacen que el docente desarrolle nuevas técnicas de aprendizaje las cuales beneficien al alumnado.
A partir de pequeños recurso cuyo coste  económico  es bajo, se puede realizar una actividad innovadora y diferente a las cuales se impartían antiguamente. 
Tener en cuenta que los protagonistas de la innovación educativa son los alumnos y el docente.
El docente debe ser creativo ante los nuevos retos y sentirse involucrado  en la educación, ya que si el docente no se involucra en la educación, sus alumnos se aburrirán en clase.
Espero que os guste y sirva de ayuda.



"Si no estamos preparados para cometer errores jamás seremos capaces de generar algo original"
(Sir Ken Robinson)

Esquemas Real Decreto 1630/2006

A continuación se adjunta una serie de esquemas del Real Decreto 1630/2006.
También se adjunta la pagina la cual podéis encontrar el documento del Real Decreto 1630/2006.
Espero que sirva de ayuda.


  • ESQUEMAS.




  • PÁGINA WEB. https://www.boe.es/boe/dias/2007/01/04/pdfs/A00474-00482.pdf

lunes, 7 de marzo de 2016

DECRETO 88/2009

A continuación se adjunta una serie de esquemas del decreto 88/2009.
También se adjunta la pagina la cual podéis encontrar el documento del decreto 88/2009.
Espero que sirva de ayuda.


  • ESQUEMAS.



  • PÁGINA WEB: http://www.educa.jccm.es/es/sistema-educativo/decretos-curriculo/normativa-vigente-educacion-infantil



  • REFLEXIÓN
El Decreto 88/2009, de 07/07/2009, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y se establecen los requisitos básicos que deben cumplir los centros que lo impartan en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, expone (al igual que el Decreto 67/2007), que la educación infantil es una etapa con identidad propia, cuya finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, social e intelectual del niño.
Es por tanto que el docente debe cumplir aquellas competencias, objetivos etc; que la junta pone a su disposición.
Cabe destacar que tanto en el primer ciclo de educación infantil como en el segundo el docente debe crear un clima cálido con sus alumnos y llevar a cabo actividades practicas, las cuales beneficien el aprendizaje de los niños y niñas. De esta manera los niños trabajaran de manera cooperativa y aprenderán a respetarse, a compartir etc.


"Estamos descubriendo las capacidades que se necesitan para tener trabajo en las sociedades industriales. La primera, la capacidad de trabajar colaborativamente en lugar de competitivamente" (Eduardo Punset)

DECRETO 67/2007-CASTILLA-LA MANCHA.

A continuación se adjunta una serie de esquemas del decreto 67/2007.
También se adjunta la pagina la cual podéis encontrar el documento del decreto 67/2007.
Espero que sirva de ayuda.



  • ESQUEMAS.




  • PÁGINA WEB: http://www.educa.jccm.es/es/sistema-educativo/decretos-curriculo/normativa-vigente-educacion-infantil




  • REFLEXIÓN.

El Decreto 67/2007 por el que establece y ordena el segundo ciclo de la educación infantil en la comunidad autónoma de Castilla la Mancha,  expone que la educación es un etapa con identidad propia, cuyo objetivo es la de contribuir el desarrollo físico, social, afectivo e intelectual de los niñxs.
En la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se define el currículo como el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas.
Es importante que el docente lleve a cabo los objetivos, competencias, criterios de evaluación etc; para poder llevar a cabo un buen trabajo y que el discente adquiera esos objetivos y competencias que el docente pretende enseñar.
A la hora de diseñar una Unidad Didáctica el docente debe incluir aquellos objetivos y competencias los cuales se van a llevar a cabo durante el curso, y no incluir más objetivos y competencias si luego no se van a llevar a cabo.


"La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar el mundo" (Nelson Mandela)



TEMA 2. FUNDAMENTOS DE LA GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS CONTEXTOS EDUCATIVOS EN EDUCACIÓN INFANTIL.

A continuación, se adjunta la presentación del tema dos, también se incluye el resumen del tema dos y una reflexión sobre el mismo.
Mas tarde subiré algún vídeo o noticia relacionado con el tema dos. 
Cabe destacar que la presentación del tema fue realizada por Isabel Gómez Barreto (profesora de la Universidad de Castilla la Mancha)
Espero que sirva de ayuda.

TEMA 2. FUNDAMENTOS DE LA GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS CONTEXTOS EDUCATIVOS EN EDUCACIÓN INFANTIL.

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  • RESUMEN


    1.      Introducción al sistema educativo español.

    Según el Bis 2. Sistema Educativo Español (LOMCE, 2013); se define como el conjunto de administraciones educativas, profesionales de la educación y otros agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación o de prestación de servicios para el ejercicio del derecho a la educación en España, y los titulares de este derecho, así como el conjunto de relaciones, estructuras, medidas y acciones que se implementan para prestarlo.

    2.      Las administraciones educativas en España.

    Según el Bis2.2 define las administraciones educativas como los órganos de la Administración General del Estado y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas competentes en materia educativa (LOMCE, 2013)

    En 2006 se estableció la Ley Orgánica de Educación (LOE), pero en 2013 se estableció la LOMCE. La ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa no afecta a la Educación Infantil

    3.      Preámbulo.

    La LOMCE tiene un preámbulo, este preámbulo nos proporciona una justificación, introducción y fundamentos.

    4.      Artículo 3. Principios del sistema educativo español (LOMCE, 2013)

    -Principio de cooperación: Se debe dar en todos los niveles educativos.
    -Libertad de enseñanza: todo padre tiene el derecho a elegir la enseñanza de su hijo.
    -Equidad: garantizar el derecho de la educación en igualdad de condiciones.
    -No discriminación: ninguna persona tiene que ser discriminada. Igualdad de oportunidades.
    -Igualdad de oportunidades: se refiere a como se accede a la educación.
    -Eficiencia en la asignación de recursos públicos: tiene que ver con las administraciones gestionan los recursos, presupuestos, personal educativo etc.
    -Transparencia y rendición de cuentas: se refiere a la gestión de cada administración.
    Cabe destacar que la equidad y la no discriminación y la igualdad de oportunidades están relacionas.

    5.      Fines del sistema educativo.

    -Inherente a la formación integral de los ciudadanos.
    -A los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. Preparación el ejercicio de la ciudadanía global.
    -Reconocimiento y respecto de la diversidad cultural y lingüística.
    -Al desarrollo sostenible de la sociedad Española y Europea.

    6.      Capítulo III. Artículo 6. El Currículo.

    A los efectos de lo dispuesto en esta Ley Orgánica, se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.

    ·         Elementos curriculares.
    -Competencias, objetivos, criterios de evaluación, metodología didáctica, contenidos y estándares y resultados de aprendizaje.

    7.      Distribución de competencias.

    -Competencias del gobierno central.
    -Competencias de las administraciones educativas regionales (Junta de comunidades).
    -Competencias de los centros educativos.
    Las competencias de las administraciones educativas tienen la responsabilidad de cumplir la norma que rige el gobierno central.
    Es competencia del estado establecer las enseñanzas mínimas (gobierno central). Cabe destacar que cada junta tiene un 35% para modificar la enseñanza.

    8.      Artículo 12. Principios generales.

    -Etapa educativa con identidad: atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad.
    -Tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
    -Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con ellos.
    Hay una peculiaridad y es, que el nivel central le otorga la responsabilidad a la Junta a diseñar el currículo del primer ciclo de educación infantil.

    -          PRIMER CICLOà JUNTAà100%
    -          SEGUNDO CICLOàJUNTAà35% Y GOBIERNO CENTRALà65%.

    9.      Artículo 13. Objetivos.

    -La educación infantil contribuirá a desarrollar en las niñas y niños las capacidades que les permitan:
    a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
    b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
    c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
    d) Desarrollar sus capacidades afectivas.
    e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.
    f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión. g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

    10.  Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos.

    Se ordena en dos ciclos: El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad.
    -El carácter educativo de uno y otro ciclo será recogido por los centros educativos en una propuesta pedagógica.
    -En ambos ciclos de la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal.
    -Los contenidos educativos de la educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños.
    -Corresponde a las Administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la educación infantil, especialmente en el último año. Asimismo, fomentarán una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical.
    -Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social.
    -Las Administraciones educativas determinarán los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil de acuerdo con lo previsto en el presente capítulo. Asimismo, regularán los requisitos que hayan de cumplir los centros que impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.

    11.  Artículo 91. Funciones del profesorado.

    -Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:
    a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.
    b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
    c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

    d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.

    • PRESENTACIÓN DEL TEMA 2.





    • REFLEXIÓN.
    En este tema podrás aprender los objetivos del currículo, los elementos del currículo, los fines del sistema educativo, principios del sistema educativo entre otras muchas cosas más.
    Es importante tener en cuenta que el gobierno central establece unas enseñas mínimas (65%), mientras que la Junta puede modificar el currículo un 35%.
    Tener también en cuenta los siete principios del sistema educativo, sobre todo la equidad, no discriminación e igualdad de oportunidades. Hay que garantizar el derecho de la educación desde los 0 a los 18 años y ninguna persona tiene que ser discriminada, todo el mundo tiene que tener igualdad de oportunidades.

    TEMA 1: FUNDAMENTOS DE LA GESTIÓN E INNOVACIÓN DE LOS CONTEXTOS EDUCATIVOS EN EDUCACIÓN INFANTIL.

    A continuación se adjunta el primer tema, junto con un resumen, una presentación y una pequeña reflexión sobre este tema.
    Mas tarde colgaré otra nueva entrada con un vídeo o noticia relacionado con este tema.
    Cabe destacar que la presentación del tema fue realizada por Isabel Gómez Barreto (profesora de la Universidad de Castilla la Mancha)
    Espero que sirva de ayuda.




    TEMA 1: FUNDAMENTOS DE LA GESTIÓN E INNOVACIÓN DE LOS CONTEXTOS EDUCATIVOS EN EDUCACIÓN INFANTIL.


    • RESUMEN.


    1- Conceptos claves.

    Ø  Gestión Educativa. Según el IFIE define la gestión educativa como un proceso sistemático orientado al fortalecimiento de las instituciones educativas y sus proyectos, con el fin de enriquecer los procesos pedagógicos, directivos, comunitarios, y administrativos; conservando la autonomía institucional, para así responder de una manera más acorde a las necesidades educativas locales, regionales y mundiales (IFIE, 2011).

    Ø  Gestión de aula. Según Emmer y Stoug definen la gestión de aula como el conjunto de acciones realizadas por el profesor para establecer el orden, conseguir la atención de los estudiantes, para provocar su cooperación (Emmer y Stoug, 2001)

    Los pilares básicos de la gestión de organizaciones son:
    -Estrategia
    -Cultura (grupo de acciones, clima, valores)
    -Estructura (Líneas de coordinación de acciones)
    -Ejecución (toma de decisiones e implantación)



    2- La gestión educativa desde el marco normativo.

    LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN 2/2006.


    Artículo 91. Funciones del profesorado. Profesorado
    -La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.

    Artículo 120. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros.
    -Los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro.

    Artículo 123. Proyecto de gestión de los centros públicos.
    -Los centros públicos expresarán la ordenación y utilización de sus recursos, tanto materiales como humanos, a través de la elaboración de su proyecto de gestión, en los términos que regulen las administraciones educativas.

    3-Innovación educativa.

    Según el IFIE la define como un proceso de cambio producidos dentro de un centro educativo, orientado a la incorporación de novedades para generar mejoras en la realidad educativa (IFIE, 2011).

    La innovación educativa parte de la iniciativa del profesorado, de las necesidades compartidas de un contexto, de la dirección o administración (políticas, educativas, como estrategias de estímulos al profesorado, entre otros)

    4- Procesos de innovación desde el marco normativo.

    LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN 2/2006.

    Artículo 1. Principios.
    -El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

    Artículo 102. Formación Permanente
    - Las Administraciones educativas promoverán la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación y la formación en lenguas extranjeras de todo el profesorado, independientemente de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en este ámbito. Igualmente, les corresponde fomentar programas de investigación e innovación.

    Artículo 132. Competencias del director.
    - Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

    5- Liderazgo.

    Según Smylie y Denny lo definen como una forma especial de influencia relativa a inducir a otros a cambiar voluntariamente sus preferencias en función de unas tareas o proyectos comunes (Smylie y Danny, 2000)


    6- Sistema Educativo Español. LOMCE, 2013.


    «Artículo 2.bis. A efectos de esta Ley Orgánica, se entiende por Sistema Educativo Español el conjunto de Administraciones educativas, profesionales de la educación y otros agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación o de prestación de servicios para el ejercicio del derecho a la educación en España, y los titulares de este derecho, así como el conjunto de relaciones, estructuras, medidas y acciones que se implementan para prestarlo.

    • PRESENTACIÓN DEL TEMA 1.



      • REFLEXIÓN.

      Este tema  explica que se entiende por gestión educativa y gestión en el aula. También nos habla de la innovación educativa, que son los diferentes cambios que se producen en un centro educativo,  por último nos explica que se entiende por liderazgo y sistema educativo español. El liderazgo recae sobre el maestro y éste según sus preferencias puede cambiar tareas o proyectos.